El informe final recaído en la Denuncia Constitucional 509 fue aprobado por la Comisión Permanente del Legislativo con 12 votos a favor, 10 en contra y ninguna abstención.
La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó este jueves el informe final que propone archivar la Denuncia Constitucional 509, presentada contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, por las muertes durante las protestas sociales ocurridas entre diciembre de 2022 y enero de 2023.
La denuncia, formulada por el ex fiscal de la Nación (i), Juan Carlos Villena, acusaba a la jefa de Estado de incurrir en los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves, bajo la figura de omisión impropia con dolo eventual, en el contexto de graves violaciones de los derechos humanos, en agravio de 49 fallecidos y 250 heridos.
La denuncia también incluía a varios exfuncionarios del Ejecutivo, entre ellos a Pedro Miguel Angulo Arana, ex presidente del Consejo de Ministros; a Luis Alberto Otárola Peñaranda, ex ministro de Defensa y titular del Consejo de Ministros; a los ex ministros del Interior César Augusto Cervantes Cárdenas, Víctor Eduardo Rojas Herrera y Vicente Romero Fernández; así como al ex titular de la cartera de Defensa, Jorge Luis Chávez Cresta.
Cabe señalar que el informe fue aprobado previamente el 18 de julio en la Décima Novena Sesión Ordinaria de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, presidida por la congresista María Acuña.
“No existen elementos probatorios irrefutables”
Durante la sustentación del informe, a cargo de la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, señaló que no se hallaron pruebas suficientes para sustentar la denuncia.
“No existen elementos probatorios irrefutables que acrediten que los denunciados utilizaron la estructura organizativa del Estado con la intención de causar muertes y lesiones”, sostuvo la legisladora.
“Se ha determinado que en mérito a las pruebas aportadas y presentadas no existen elementos de convicción suficientes que configuren en los tipos penales de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves (contemplados en) los artículos 181 y 122 del Código Penal, respectivamente”, agregó.